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La nueva Directiva de Máquinas 2006/42/EG

Con fecha 29/12/2009, la Directiva de Máquinas 2006/42/EG se convierte en ley
Con fecha 29/12/2009, la Directiva de Máquinas 2006/42/EG se convierte en ley
El requisito de que los Estados miembros de la Comunidad Europea implementen directivas de mercado único ha convertido en ley la nueva Directiva de Máquinas 2006/42/EG. Esta Directiva deberá ser vinculante, como muy tarde, el 29 de diciembre de 2009. Sustituirá a la Directiva de Máquinas 98/37/EG.

El Artículo 5 (párrafo 1) de la Directiva incluye todos los requisitos creados para el comisionado de máquinas.

De acuerdo con el Artículo 5 de la nueva directiva de máquinas, los fabricantes de máquinas deben satisfacer, entre otras cosas, todos los requisitos de seguridad y de protección de la salud (Apéndice I).

Dentro de este contexto, cobran efecto los estándares como EN ISO 13849-1 y EN IEC 62061 (de los estándares del sector derivados de IEC 61508 para la fabricación de máquinas). Este enfoque determinista del estándar actualmente válido EN 954-1, que contrasta con un comportamiento del sistema, correspondiente con las categorías de riesgo determinadas, se complementa ahora con una visión probabilista de las funciones de seguridad.

Además, los nuevos estándares EN ISO 13849-1 y EN IEC 62061 también incluyen, entre otras, las probabilidades de fallo de los componentes implementados, puesto que esta visión tiene en cuenta la complejidad de la moderna electrónica programable.

Para facilitar a los fabricantes de maquinaria una transición suave hacia los requisitos de seguridad de los nuevos estándares se necesita una integración simple de los componentes, incluso en los equipos existentes.

Pepperl+Fuchs GmbH responde a estas necesidades con conceptos nuevos, de fácil implementación y rentabilidad integrada, incluyendo productos para las categorías de alta seguridad (SIL3, PLe).


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